PRIMERA INFANCIA Y LA PROTECCION LEGAL
LA PROTECCIÓN LEGAL A LA PRIMERA INFANCIA
La responsabilidad del Estado, de la familia y de la sociedad en la protección de los derechos de los niños y niñas, así como la prevalencia de estos por sobre el resto de la sociedad, obligan a que el contexto institucional estatal y social, incorporen estos principios de tal forma que propenda por actuaciones coordinadas para garantizar la protección de los derechos de la infancia.
Una acción coordinada de los sectores y entidades, permitirá mejorar la planeación y priorizar la inversión, ampliar coberturas, y mejorar la calidad de los programas para atender más niños y niñas y en mejores condiciones. En consecuencia, el trabajar de forma intersectorial y de manera articulada, genera condiciones más propicias para reducir las inequidades en la garantía de los derechos, para lograr, además de la supervivencia, el desarrollo, la protección integral, la educación inicial y la participación de todos los niños y niñas menores de seis años.
Asegurar a los niños y a las niñas todos sus derechos es asegurar su desarrollo y es la mejor manera de ampliar sus oportunidades en la sociedad. El Estado debe garantizar el cumplimiento de estos derechos y la sociedad debe actuar como corresponsable en su cumplimiento. El reto de la política es la garantía efectiva de los derechos de la primera infancia, lo cual no es posible sin el concurso de las acciones y los compromisos diferenciados y complementarios de familia, sociedad y Estado en su formulación, ejecución y seguimiento.
PRINCIPALES LEYES QUE PROTEJEN A LOS NIÑOS EN COLOMBIA
- ley 1003 de diciembre 30 de 2005
- Ley 115 de 1994
- Ley 1098, de 2006
- convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza.
- protocolo facultivo de la convención sobre los derechos relativos a la participación de niños en los conflictos armados.
- protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas especialmente mujeres y niños, que completa la convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
- convenio por el que se fija la edad mínima de admisión de los niños en el trabajo mar´timo.
- declaración de los Derechos del Retraso Mental.
PRINCIPALES PAUTAS DE LA LEY 1098 DE 2006
Priorizar la nutrición, la protección, la salud y la educación inicial.
Comprende la franja poblacional que va desde la gestación hasta los 6 años.
Reconocer la etapa de infancia como ciclo vital en la que se establecen las bases para el desarrollo cognitivo, emocional y social del ser humano.
Es un ser sujeto de derecho
Es un ser único, social y activo
Capaz de pensar y con potencialidades
La mirada del desarrollo como un concepto integral y no lineal
Reconoce el trabajo intedisciplinario e intersectorialidad
La familia como primer agente socializador
Los principios rectores como la lúdica, la participación y la integralidad
Se retoman las dimensiones del desarrollo
Comentarios
Publicar un comentario